Por inciso I. Con goce de salario hasta por tres días consecutivos, sin exceder de tres permisos en un semestre. Se solicitan al director.
Por inciso II. Sin goce de salario por motivos personales, en una o varias ocasiones sin exceder de quince en un semestre o de treinta en un año. Siempre que los intereses académicos no resulten afectados. Se solicitan al director.
Por inciso III. Por enfermedades no profesionales. Consultar términos en el Contrato Colectivo de Trabajo.
Por incisos IV, V Y VI. Estos permisos son otorgados al Personal Académico, para obtener título de licenciatura o grado de Maestría o Doctorado.
Se otorgan durante seis meses, después de los cuales el académico se reintegra a sus labores. A partir de ese momento, el académico cuenta con doce meses para presentar la constancia de examen. En caso contrario, el académico deberá efectuar la devolución del monto percibido durante la licencia.
Se solicitan en el Departamento respectivo.
Por inciso VII. Para académicos definitivos. Hasta por un año, sin goce de salario, por motivos personales. La solicitud debe hacerse cuando menos con un mes de anticipación.